Nuestros asesores fiscales están especializados en ofrecer asistencia integral a las entidades no comerciales del tercer sector, como las organizaciones sin ánimo de lucro en Italia.
Studio A&P apoya a empresas y particulares en sus actividades en Italia y en todo el mundo con asistencia personalizada en movilidad global y cumplimiento fiscal en Italia y en el extranjero.
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Una entidad no comercial es un tipo de organización que desarrolla principalmente actividades no comerciales (sin fines de lucro) y está inscrita en el Registro Único del Tercer Sector (RUNTS).
Las organizaciones sin ánimo de lucro en Italia incluyen: sociaciones de promoción social, organizaciones de voluntariado, entidades filantrópicas, redes asociativas, cooperativas y empresas sociales, entre otras.
Las organizaciones sin ánimo de lucro en Italia pueden llevar a cabo actividades empresariales, pero solo de manera secundaria, con el objetivo de recaudar fondos para sus fines sociales.
La actividad principal debe ser de interés general y cumplir con el artículo 5 del Código del Tercer Sector (CTS).
El equipo de Studio Arletti & Partners está compuesto por más de 50 profesionales altamente cualificados y multilingües, especializados en movilidad global y asesoramiento fiscal, incluyendo desplazamientos de trabajadores, fiscalidad italiana e internacional y procedimientos de inmigración tanto en Italia como en el extranjero.
Las entidades no comerciales del tercer sector (asociaciones de promoción social, de voluntariado, entidades filantrópicas, redes asociativas, cooperativas y empresas sociales, etc.) disfrutan de un régimen fiscal especial, que incluye:
Los ingresos derivados de actividades institucionales dirigidas a socios o asociados, así como las cuotas de membresía, no están sujetos a imposición ni en el IRES (impuesto sobre sociedades) ni en el IVA.
Para ser considerados no comerciales y no imponibles, los ingresos deben provenir de actividades gratuitas o cuyos ingresos no superen los costos efectivos (con un margen máximo del 5%).
Contribuciones no imponibles provenientes de las Administraciones Públicas.
Fondos recaudados mediante campañas públicas ocasionales o durante eventos especiales.
Aplicación del Régimen Forfettario previsto en el art. 80 CTS, sobre los ingresos derivados de actividades comerciales secundarias.
Régimen aún más favorable para las ODV (Organizaciones de Voluntariado) y las APS (Asociaciones de Promoción Social), conforme al art. 86 CTS.
Exención de impuestos, como la exención de IMU (impuesto municipal sobre la propiedad) en las propiedades utilizadas para dirigir la actividad institucional, exención de impuestos de donaciones/sucesiones, hipoteca e impuestos catastrales para transferencias gratuitas;
Deducciones fiscales para quienes hagan donaciones de beneficencia en favor de entidades no comerciales.
Nuestro equipo de asesores y consultores fiscales profesionales le asistirá con un análisis preliminar y la creación de la Entidad del Tercer Sector, encargándose de actividades como la redacción de los estatutos conforme a la reforma del tercer sector, la inscripción en el RUNTS, posible aplicación del régimen de tipo fijo, etc. Nuestro equipo le seguirá paso a paso y también se encargará de los requisitos fiscales y contables específicos para su entidad.
Póngase en contacto con nosotros. Nuestros asesores estarán a su disposición para:
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