Introducción
El marco jurídico que regula el desplazamiento de ciudadanos de terceros países dentro de la Unión Europea se basa en la libertad de prestación de servicios de la UE y en los derechos de estos ciudadanos a residir y trabajar en la UE.
La Directiva 96/71 define al «trabajador desplazado» como una persona que trabaja temporalmente en un Estado Miembro de la UE distinto de su lugar de trabajo habitual. El TJUE, especialmente en el caso Van Der Elst, afirmó que los empleadores pueden enviar legítimamente a ciudadanos de terceros países a trabajar en otro Estado Miembro sin permisos de trabajo adicionales.
La Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores (PWD) es el principal instrumento jurídico y establece las condiciones mínimas de trabajo para los trabajadores desplazados.
Más información sobre el contexto normativo europeo sobre trabajadores desplazados en nuestra guía sobre las Directivas de la UE sobre desplazamiento.
El papel del TJUE
Aunque no aborda explícitamente a los ciudadanos de terceros países, la jurisprudencia del TJUE establece su derecho a ser desplazados sin permisos de trabajo adicionales. Decisiones como la del caso Vander Elst garantizan que los ciudadanos de terceros países contratados legalmente no necesitan permisos de trabajo en el país de acogida.
Las sentencias del TJUE también han eliminado requisitos desproporcionados, subrayando que el «empleo legítimo y habitual» no requiere un período de residencia predeterminado en el Estado Miembro de envío. El Tribunal ha cuestionado medidas como los permisos de trabajo individuales para el personal extracomunitario, defendiendo los principios de libertad de servicios.
En esencia, las decisiones del TJUE establecen que los ciudadanos de terceros países pueden trabajar en un Estado miembro de la UE sin el permiso de trabajo del país de acogida, si están legalmente empleados en el Estado miembro de envío.
La aplicación de las normas de la UE sobre trabajadores desplazados, en particular sobre ciudadanos de terceros países, requiere una aplicación eficaz en los distintos marcos jurídicos nacionales. Aunque la UE establece requisitos fundamentales, las diferencias entre las autoridades de inspección, los poderes de investigación y los mecanismos de aplicación representan un desafío.
La Directiva de Aplicación tiene como objetivo armonizar los procedimientos administrativos, promoviendo la asistencia mutua. La lucha contra abusos, como fraudes sociales, falsas comunicaciones y empresas fachada, es fundamental.
Desafíos en la aplicación de las normas sobre el desplazamiento de ciudadanos de terceros países
En cuanto a los ciudadanos de terceros países desplazados, los desafíos se intensifican debido a la superposición de las normas sobre desplazamiento con las de inmigración.
Las mayores vulnerabilidades derivan de:
- situaciones precarias;
- temor a represalias;
- barreras lingüísticas;
- dependencia económica.
Algunas complejidades, como el falso desplazamiento y la participación de empresas fachada, generan posibles abusos, incluida la disparidad salarial y la elusión de normas de seguridad social. Las partes interesadas destacan la necesidad de difundir información multilingüe y mejorar el acceso a las normas para mejorar el cumplimiento.
Requisitos administrativos para el desplazamiento de ciudadanos de terceros países
Los requisitos administrativos para el desplazamiento de ciudadanos de terceros países varían de un Estado Miembro a otro y abordan aspectos relacionados con el empleo y la seguridad social.
Mientras que las obligaciones relacionadas con el empleo incluyen la notificación del desplazamiento y la conservación de documentos, los requisitos de seguridad social implican la obtención de los formularios PD A1 del Estado miembro de origen.
Las normas administrativas, aplicables tanto a los ciudadanos de la UE como a los de terceros países, prevén el registro ante las autoridades. Sin embargo, todavía se evidencian discrepancias y el incumplimiento de las normas sobre la duración del desplazamiento.
Requisitos administrativos para el derecho de residencia
Los requisitos administrativos para el derecho de residencia de los ciudadanos de terceros países desplazados varían entre los Estados Miembros de la UE. El TJUE ha establecido que los ciudadanos de terceros países con permisos de trabajo y residencia emitidos por Estados Miembros de la UE están cubiertos por las normas sobre libre circulación de trabajadores y pueden ser enviados temporalmente en el marco de prestaciones de servicios transnacionales.
La mayoría de los Estados Miembros eximen a los ciudadanos de terceros países de solicitar un permiso/visa para desplazamientos inferiores a 90 días, mientras que otros Estados lo imponen independientemente de la duración. Las normas específicas sobre duración, períodos máximos y la vinculación con los permisos en el Estado miembro de origen varían de un país a otro.
Procedimientos de aplicación a nivel nacional
A pesar de la amplia regulación, persisten algunos desafíos, especialmente para categorías específicas como los trabajadores temporales y los becarios Intra-Corporate Transferees (ICT). Las partes interesadas subrayan la importancia de una cooperación equilibrada entre las autoridades de los Estados Miembros y una comprensión profunda de los estatus de los migrantes.
Las actualizaciones legislativas recientes, como la Directiva sobre condiciones de trabajo transparentes y previsibles, tienen como objetivo mejorar los derechos de información de todos los trabajadores, incluidos los ciudadanos de terceros países desplazados.
Las prácticas de aplicación a nivel nacional incluyen, entre otras cosas:
- intervención de autoridades competentes que vigilan el cumplimiento;
- inspecciones tras quejas o evaluaciones de riesgo;
- diferentes poderes de investigación, y
- sanciones por infracciones.
Por otro lado, se observa un bajo número de denuncias, dificultades prácticas y problemas generales de aplicación. Las partes interesadas piden una mejor coordinación, mejoras tecnológicas y procesos de verificación simplificados.
Cooperación entre los Estados Miembros
La cooperación entre los Estados Miembros es fundamental e implica el intercambio de datos a través de plataformas como el sistema IMI y el EESSI, acuerdos bilaterales y contactos informales. Los desafíos incluyen las barreras lingüísticas y las diferentes capacidades de aplicación. Las diferencias en los marcos jurídicos y en los escenarios de inspección presentan complejidades que requieren esfuerzos de armonización.
Ejecución de sanciones administrativas o multas
La aplicación de sanciones administrativas o multas para los ciudadanos de terceros países desplazados presenta algunas dificultades, como las limitaciones procedurales y las diferencias entre las jurisdicciones de los tribunales. Las partes interesadas sugieren, por lo tanto, un sistema unificado con normas procedurales armonizadas para una aplicación eficiente.
Dado que el intercambio de datos a través de plataformas dedicadas presenta múltiples dificultades, se sugiere la aplicación de sanciones por incumplimiento o estándares de rendimiento comunes y la ampliación del ámbito de aplicación del sistema IMI.
Fortalecer la cooperación – Propuestas de las partes interesadas
Para mejorar la cooperación, las partes interesadas sugieren el desarrollo de capacidades, la concienciación y la difusión de buenas prácticas.
Las propuestas incluyen:
- herramientas a nivel europeo para inspecciones conjuntas;
- una plataforma unificada para la interconexión de datos/información, y
- bases de datos transnacionales accesibles a las oficinas de enlace.
Se recomienda involucrar a terceros países para combatir la explotación laboral, informar a los ciudadanos de terceros países desplazados sobre sus derechos y mejorar la cooperación.