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Desplazamiento de trabajadores a Malta

Las directrices sobre las obligaciones a cumplir antes, durante y después del desplazamiento de sus empleados a Malta.

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La legislación sobre el desplazamiento de trabajadores a Malta está regulada por la Subsidiary Legislation 452.82, titulada «Posting of Workers in Malta Regulations» y modificada por la Legal Notice 262 del 2020.

La legislación maltesa sobre el desplazamiento tiene como objetivo dar efecto a las Directivas de la UE sobre el desplazamiento y, en específico, a las Directivas 96/71/CE, 2014/67/UE y 2018/957.

Obligaciones preliminares para el desplazamiento de trabajadores a Malta

Para cada desplazamiento a Malta, la empresa que desplaza está obligada a notificarlo al Departamento de Relaciones Industriales y del Trabajo (DIER).

El formulario de notificación debe ser recibido por el Departamento de Relaciones Industriales y del Trabajo antes del inicio del desplazamiento. El formulario deberá estar acompañado por una copia del contrato de trabajo del trabajador desplazado (con la empresa que desplaza) y, en el caso de un empleado extracomunitario desplazado desde un país UE/EEE, también por una copia de su permiso de residencia.

La empresa que utiliza los servicios del trabajador desplazado está obligada a conservar una copia de este formulario de notificación en el lugar de trabajo para fines de inspección por parte de los inspectores del DIER.

La empresa que desplaza deberá designar a una persona de contacto que actúe como representante en Malta. A través del representante, las partes sociales pueden intentar comprometer al proveedor de servicios a celebrar el convenio colectivo durante el período en que se prestan los servicios. Esta persona de contacto no tiene que estar necesariamente presente en Malta, pero debe estar disponible a solicitud razonable y justificada.

Condiciones laborales y salariales en Malta

Los trabajadores desplazados deben beneficiarse de las mismas condiciones de trabajo y derechos que los trabajadores locales en Malta, incluidos el máximo de horas de trabajo, los periodos mínimos de descanso y los estándares de salud y seguridad.

Los trabajadores desplazados en Malta no deben trabajar más del número máximo de horas permitidas a la semana, según lo establecido por las leyes laborales maltesas. Generalmente, se trata de unas 48 horas semanales, aunque hay disposiciones que prevén variaciones, como el promedio en un período de referencia.

Los trabajadores desplazados tienen derecho a periodos mínimos de descanso según lo establecido por las normativas maltesas, para garantizar un tiempo adecuado para el descanso y la recuperación.

Los estándares mínimos en términos de horas de trabajo y descanso están establecidos a nivel europeo por la Directiva 2003/88/CE.

Los empleadores están obligados, además, a proporcionar un entorno de trabajo seguro a los trabajadores desplazados en Malta. Esto incluye el cumplimiento de las normas de salud y seguridad, la provisión de los equipos de seguridad necesarios y la garantía de que los riesgos en el lugar de trabajo sean identificados y reducidos.

Conservación de los documentos de desplazamiento

Todos los documentos relacionados con el traslado del empleado y de las empresas involucradas deben ser conservados y puestos a disposición de la autoridad maltesa para ser presentados rápidamente en caso de solicitud formal.

Estos documentos suelen incluir (pero no se limitan a):

  • El contrato de trabajo (o su equivalente);
  • Nóminas relacionadas con el desplazamiento a Malta;
  • Registros de asistencia;
  • Prueba del pago del salario;
  • Formularios A1;
  • Certificados de aptitud para el trabajo.

El proveedor de servicios que desplaza al trabajador a Malta tiene la obligación de poner a disposición y conservar copias, en formato papel o electrónico, de los documentos mencionados durante el período de desplazamiento, en un lugar accesible y claramente identificado de la empresa que utiliza los servicios del trabajador desplazado.

La empresa que desplaza tiene el deber de entregar los documentos después del período de desplazamiento, a solicitud de la autoridad competente en Malta, dentro de un período de tiempo razonable y de proporcionar su correspondiente traducción al inglés.

Seguridad social para los trabajadores desplazados a Malta

De acuerdo con el Reglamento europeo 883/2004, los trabajadores desplazados a Malta pueden mantener la cobertura del sistema de seguridad social del Estado miembro en el que tiene su sede su empleador.

La empresa de desplazamiento está obligada a solicitar, a tal efecto, el Formulario A1, que será emitido por la institución social competente después de haber recibido toda la información requerida. El certificado A1 es válido por un período máximo de 24 meses y es indispensable que el trabajador lo posea durante toda la duración de su desplazamiento a Malta.

Incumplimiento de las obligaciones maltesas sobre el desplazamiento de trabajadores

Los trabajadores desplazados a Malta, en caso de que consideren que ha habido una violación de sus derechos, tienen el derecho de presentar una solicitud formal por escrito a su empleador, solicitando una declaración que explique las razones de cualquier disparidad de trato. Dicha declaración debe proporcionarse en los diez días posteriores a la fecha de la solicitud por parte del trabajador.

Además, el trabajador desplazado tiene la posibilidad de contactar con el Departamento de Relaciones Industriales y del Trabajo (DIER) para denunciar cualquier violación de sus derechos laborales. El DIER llevará a cabo una investigación sobre la cuestión y, si está justificado, iniciará una acción legal, incluso penal.

Asimismo, independientemente de cualquier otro derecho legal para iniciar una acción legal en otro Estado miembro de la UE, el trabajador desplazado también tiene la posibilidad de recurrir a los tribunales malteses por violaciones de sus derechos según el Posting of Workers in Malta Regulations (S.L.452.82). La acción legal puede iniciarse incluso después de la asignación de desplazamiento o la terminación de la relación laboral.

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Referencias normativas

Directiva 96/71/CE

Fuente

Directiva 2014/67/UE

Fuente

Directiva 2018/597/UE

Fuente

Reglamento nº 883/2004

Fuente

Reglamento sobre el desplazamiento de trabajadores a Malta (S.L.452.82)

Fuente

Más información sobre el desplazamiento de trabajadores en Europa

Eche un vistazo a nuestras guías detalladas sobre la Publicación de Trabajadores en Países de la UE. Si no sabe por dónde empezar, puede empezar desde nuestra introducción sobre el Desplazamiento de Trabajadores en Europa.

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