El desplazamiento de trabajadores a España, cuyo empleador tiene su sede en un Estado miembro de la UE, está regulado por la Ley 45/1999, que incorpora la Directiva 96/71/CE. Las disposiciones de la Ley 45/1999 se aplican a las empresas extranjeras que desplazan temporalmente a su personal a España en el marco de una prestación transnacional de servicios.
Más información sobre todas las Directivas de la UE en nuestra guía completa sobre las Directivas de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores.
Los expertos de A&P están a su disposición para apoyar a su empresa y a sus empleados en la gestión del desplazamiento a España.
Envío de la notificación de desplazamiento a España y designación de un representante domiciliado
La empresa extranjera que desee desplazar a su personal a España, en el marco de una prestación transnacional de servicios, debe enviar una declaración de desplazamiento a las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma donde se realizará la actividad. La notificación de desplazamiento debe enviarse a más tardar un día antes del inicio del desplazamiento.
La declaración de desplazamiento debe contener los datos identificativos y de contacto del representante domiciliado designado por la empresa. Específicamente, se trata de una persona física o jurídica domiciliada en España. El contacto actúa como enlace con las autoridades españolas competentes. Este representante actuará en nombre de la empresa desplazante en todos los procedimientos de consulta y negociación que afecten a los trabajadores desplazados.
Sin embargo, existen algunas excepciones al envío de la notificación de desplazamiento:
- Cuando la duración del desplazamiento es inferior a 8 días y/o
- En el caso de desplazamientos donde no hay prestación de servicios (conferencias, reuniones de negocios, etc.).
Requisitos adicionales para las Agencias de Trabajo Temporal
En el caso del desplazamiento de trabajadores suministrados, la notificación de desplazamiento debe incluir la certificación emitida por el Estado en el que la agencia tiene su sede, que la autoriza a realizar actividades de:
- Suministro de personal
- Intermediación
- Búsqueda y selección
- Apoyo a la recolocación profesional
Además, la comunicación de desplazamiento debe contener una declaración por parte de la empresa usuaria de los trabajadores. Esta declaración debe indicar la necesidad temporal de recurrir a la agencia de suministro, así como el tipo de contrato vigente entre la empresa usuaria y la agencia de trabajo temporal.
Finalmente, en el caso del desplazamiento de trabajadores suministrados, la notificación de desplazamiento debe ser válida desde el primer día de intervención. En este caso, no se prevé ninguna exención para desplazamientos inferiores a 8 días.
Solicitud del Modelo A1 para el desplazamiento de trabajadores a España
De acuerdo con el Reglamento CE 883/2004, el empleador extranjero debe solicitar el Modelo A1 para los trabajadores desplazados ante la entidad de seguridad social competente.
Cumplimiento de las condiciones mínimas laborales y salariales españolas
El trabajador desplazado a España por una empresa extranjera para realizar una prestación transnacional de servicios está sujeto a las disposiciones legales y contractuales aplicables al personal empleado por empresas del mismo sector de actividad establecidas en España. Esto implica que la empresa que desplaza debe garantizar a los trabajadores desplazados en España al menos los niveles mínimos de condiciones de trabajo establecidos por la legislación española en materia de:
- Derecho laboral
- Duración del trabajo
- Descanso compensatorio
- Días festivos
- Jornada laboral y trabajo nocturno
- Retribución
- y más
Obligación de conservación documental
Durante el período de desplazamiento en España, la empresa desplazante debe mantener a disposición una serie de documentos relacionados con los trabajadores desplazados, como, por ejemplo, contratos de trabajo, nóminas, registros de horas que indiquen el inicio, el final y la duración de la jornada laboral.
La empresa extranjera debe conservar toda la documentación relativa al desplazamiento por un período no inferior a 2 años desde el final del desplazamiento.
La documentación debe conservarse adecuadamente y estar a disposición de las autoridades laborales españolas.
Requisitos adicionales a cargo de las empresas que desplazan personal a España
Las empresas extranjeras que desplacen a sus empleados a España por un período superior a 8 días para realizar actividades en el sector de la construcción deben registrarse en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) de la Comunidad Autónoma donde se realizarán los servicios.
Este registro sirve para certificar que la empresa cumple con los requisitos en materia de prevención de riesgos laborales. La empresa debe demostrar que los trabajadores empleados en las actividades han recibido una formación adecuada en materia de salud y seguridad en el trabajo. Además, las empresas que contraten o subcontraten trabajo en obras de construcción deben verificar que sus contratistas o subcontratistas también cumplan con estos requisitos.
Del mismo modo, puede ser necesario que la empresa desplazante solicite la apertura de un Centro de Trabajo para informar a las autoridades sobre el inicio de la nueva actividad. Además, para actividades dentro de obras de construcción, cada contratista debe solicitar el Libro de Subcontratación, en el que se indicarán las informaciones sobre los subcontratistas involucrados.
Studio A&P, a través del apoyo de socios locales, puede apoyar a su empresa en el proceso de registro en el REA y en la gestión de los demás requisitos.
Sanciones en caso de incumplimiento
El sistema sancionador español establece diferentes niveles de gravedad de las infracciones y los importes correspondientes de las sanciones:
- Infracciones menores, como errores y deficiencias formales en la notificación. En su grado máximo, las multas pueden alcanzar los €625.
- Infracciones graves, como la notificación tardía o la falta de designación de un representante domiciliado. La empresa puede ser sancionada con multas de hasta €6.250 en su grado máximo.
- Infracciones muy graves, como la falta de notificación a las autoridades. En el grado máximo, la sanción impuesta a la empresa puede llegar a €187.515.