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Desplazamiento de trabajadores a Chipre

Las directrices sobre las obligaciones a cumplir antes, durante y después del desplazamiento de sus empleados a Chipre.

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ISO 9001

La legislación aplicable al desplazamiento de trabajadores en el contexto de la prestación transfronteriza de servicios ha sido incorporada en Chipre a través de la Ley n. 63(I)/2017, la Ley n. 158(I)/2020 y los Reglamentos de 2017 (K.Δ.Π 196/2017).

Esta legislación está plenamente armonizada con las Directivas 96/71/CE, 2014/67/UE y 2018/957/UE.

Para más información sobre la normativa de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores, consulta nuestra guía sobre las Directivas de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores.

La Directiva 2014/67 y el desplazamiento de trabajadores a Chipre

Basándose en los fundamentos establecidos por la Directiva 96/71/CE, la Directiva 2014/67/UE tiene como objetivo fortalecer los mecanismos de aplicación y mejorar la cooperación entre los Estados Miembros de la UE en el ámbito de los trabajadores desplazados.

En el caso de Chipre, la Directiva 2014/67/UE refuerza el papel de las autoridades nacionales, permitiéndoles llevar a cabo inspecciones y aplicar sanciones a los empleadores que no cumplan con las normativas. Fortaleciendo la cooperación entre Chipre y otros Estados Miembros, esta directiva facilita el intercambio de información y buenas prácticas, promoviendo un enfoque más armonizado al desplazamiento de trabajadores dentro de la UE.

Obligaciones preliminares para el desplazamiento de trabajadores a Chipre

Para la efectiva aplicación de la ley, el proveedor de servicios extranjero debe presentar al Departamento de Trabajo una serie de documentos en griego o inglés.

Estos documentos pueden ser presentados por correo electrónico, fax o correo postal antes del inicio de la prestación de servicios:

  1. Declaración por escrito que incluya la siguiente información:
    • Nombre de la empresa, dirección de su sede y estatus legal;
    • Nombre del representante legal y del representante en Chipre, si lo hay;
    • Dirección donde los trabajadores desplazados prestarán servicios y nombre, dirección y estatus legal de las empresas receptoras;
    • Fecha de inicio del desplazamiento y duración prevista;
    • Naturaleza de la actividad económica.
  2. Lista de los trabajadores desplazados (nombre completo, número de pasaporte, ocupación);
  3. Nombre de la persona de contacto con las autoridades competentes;
  4. Nombre de la persona de contacto que actúa como representante para la negociación colectiva durante el desplazamiento.

En caso de modificaciones en la información mencionada anteriormente, las empresas deben presentar una declaración adicional dentro de los 15 días posteriores a la modificación.

Condiciones laborales y salariales en Chipre

Los empleadores deben garantizar que los trabajadores desplazados disfruten de las mismas condiciones laborales mínimas que los trabajadores contratados localmente en Chipre. Esto incluye el cumplimiento de las leyes laborales chipriotas, los convenios colectivos y las regulaciones específicas del sector en términos de salario, horario laboral, vacaciones y otras condiciones de empleo.

El impacto de la Directiva 2018/957 sobre el desplazamiento de trabajadores a Chipre

La Directiva 2018/957/UE, la última incorporación al marco normativo de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores, refuerza aún más la protección de los derechos de los trabajadores y aborda los desafíos emergentes en el mercado laboral. Esta directiva se centra en mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores desplazados, especialmente en sectores caracterizados por el trabajo temporal o estacional.

En Chipre, la Directiva 2018/957/UE introduce cambios significativos, especialmente en lo que respecta a la duración de los desplazamientos y los derechos de los trabajadores desplazados a largo plazo. Ahora, los empleadores deben proporcionar beneficios y derechos adicionales a los trabajadores desplazados durante períodos prolongados, asegurando que no estén en desventaja en comparación con los empleados locales.

Conservación de documentos de desplazamiento

En Chipre, el lugar designado para archivar todos los documentos relevantes relacionados con los trabajadores desplazados es el lugar de trabajo.

Generalmente, los documentos que deben conservarse incluyen:

  • Contrato de trabajo (o documento equivalente);
  • Nóminas recientes del trabajador desplazado en Chipre;
  • Registros de asistencia;
  • Prueba de pago de salarios;
  • Modelos A1;
  • Certificados de idoneidad laboral;

Durante las inspecciones, los empleadores deben proporcionar a la autoridad competente los documentos mencionados anteriormente en idioma chipriota.

Los plazos para la presentación de estos documentos pueden variar según la solicitud formal del inspector. Además, estos documentos deben permanecer accesibles durante un período mínimo de dos años después de la finalización del desplazamiento.

Trabajadores extracomunitarios desplazados a Chipre

En general, la entrada a Chipre está permitida para ciudadanos de terceros países que posean permisos emitidos por países de la UE. Sin embargo, se prohíben otras actividades, como el ejercicio de actividades laborales y la prestación de servicios. Específicamente, los trabajadores extracomunitarios no están autorizados a realizar actividades productivas en Chipre a menos que posean una visa o permiso de trabajo chipriota.

Seguridad social en Chipre

Según el Reglamento Europeo 883/2004, los trabajadores desplazados a Chipre pueden continuar cubiertos por la seguridad social del Estado miembro donde tiene su sede su empleador.

Para certificar esto, la empresa desplazadora debe solicitar un certificado A1. La institución social competente lo emitirá una vez que se hayan recibido todas las informaciones necesarias.

El Modelo A1 puede tener una duración máxima de 24 meses. Además, el trabajador debe conservarlo durante todo el período de su desplazamiento a Chipre.

Sanciones por incumplimiento de las obligaciones de desplazamiento a Chipre

Si la autoridad competente detecta una infracción de las disposiciones establecidas por la legislación mencionada, un comité gubernamental de tres miembros tiene la autoridad para imponer multas administrativas de hasta €10,000. En caso de infracciones recurrentes, el comité puede imponer multas administrativas de hasta €20,000.

Además, cualquier persona que haya infringido o no haya cumplido con las disposiciones de la mencionada legislación se considera culpable de cometer un delito. En caso de condena, estas personas pueden ser condenadas a prisión por un período no superior a dos años o a una multa de hasta €50,000, o ambas sanciones.

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Referencias normativas

Ley nº 63(I) de 2017 sobre el desplazamiento de trabajadores.

Fuente

Directiva 96/71/CE

Fuente

Directiva 2014/67/UE

Fuente

Directiva 2018/957/UE

Fuente

Reg. 883/2004 de la UE

Fuente

Más información sobre el desplazamiento de trabajadores en Europa

Eche un vistazo a nuestras guías detalladas sobre la Publicación de Trabajadores en Países de la UE. Si no sabe por dónde empezar, puede empezar desde nuestra introducción sobre el Desplazamiento de Trabajadores en Europa.

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