Los Estados miembros de la Unión Europea están obligados a cumplir la Directiva europea sobre transparencia salarial (Directiva 2023/970), relativa a la aplicación del principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor, antes del 7 de junio de 2026.
En este contexto, Polonia ha publicado un proyecto de ley destinado a transponer la Directiva sobre transparencia retributiva. El texto contempla disposiciones ambiciosas tanto en relación con las obligaciones impuestas a los empleadores como con los mecanismos de participación de los trabajadores.
Contenido del proyecto de ley polaco
Evaluación de puestos de trabajo y determinación de categorías de empleados
Uno de los elementos fundamentales del proyecto de ley es la obligación de los empleadores de evaluar objetivamente el valor del trabajo realizado por los empleados. Dicha evaluación deberá basarse en criterios objetivos previamente acordados con las organizaciones sindicales presentes en la empresa.
En caso de coexistencia de varias organizaciones sindicales, el empleador deberá definir dichos criterios de común acuerdo con todas las organizaciones implicadas o, al menos, con aquellas que representen un mínimo del 5 % de la plantilla total.
Asimismo, se prevé un mecanismo similar para la determinación de las categorías profesionales de los empleados. En este ámbito, el empleador deberá consultar a todas las organizaciones sindicales presentes en la empresa dentro de un plazo determinado, con el fin de garantizar una planificación y aplicación eficaces.
Aunque la consulta no obliga jurídicamente al empleador a adoptar las observaciones formuladas por los representantes sindicales, la omisión de este procedimiento podría generar responsabilidad para la empresa.
Informes sobre la brecha salarial y evaluación conjunta de remuneraciones
Además, todas las empresas con más de 100 empleados estarán obligadas a elaborar un informe sobre la brecha salarial de género entre trabajadoras y trabajadores.
Una vez más, las organizaciones sindicales desempeñarán un papel activo supervisando y verificando la veracidad de la información contenida en dichos informes salariales.
El proyecto de ley introduce también un importante mecanismo de participación: la evaluación conjunta de remuneraciones (“joint pay assessment”), basada en los resultados del informe sobre la brecha salarial de género.
En particular, la evaluación conjunta será obligatoria cuando concurran simultáneamente las siguientes condiciones:
- el informe revele una brecha salarial de género de al menos el 5 % en una determinada categoría de empleados;
- el empleador no pueda justificar dicha diferencia mediante criterios objetivos y neutros desde el punto de vista del género;
- el empleador no haya adoptado medidas correctoras eficaces en el plazo de seis meses desde la publicación del informe.
En tales casos, el empleador deberá alcanzar un acuerdo con la representación de los trabajadores para corregir la situación e implementar las medidas correctoras oportunas.
Conclusión
En conclusión, se espera que el proyecto de ley introduzca cambios fundamentales en el derecho laboral polaco.
En primer lugar, el texto reforzaría significativamente el sistema de participación de los trabajadores mediante la introducción de instrumentos jurídicos específicos, como el acuerdo y la consulta sindical. En consecuencia, resultará cada vez más difícil para los empleadores imponer unilateralmente sus decisiones en las materias afectadas.
Por último, el proyecto de ley prevé la imposición de sanciones económicas de entre 3.000 y 50.000 zlotys polacos (aproximadamente entre 700 y 11.800 euros) a los empleadores que incumplan las disposiciones previstas, además de una posible responsabilidad civil frente a los empleados afectados.