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Asistencia sanitaria en el extranjero: Países sin acuerdos con Italia

Cómo los ciudadanos italianos pueden recibir asistencia sanitaria en el extranjero si residen temporalmente en un país que no ha firmado ningún acuerdo al respecto con Italia.

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Cuando se viaja al extranjero, incluso por razones laborales, no se puede dar por supuesto el derecho a acceder libremente a la atención médica proporcionada por el estado. Esto es especialmente cierto cuando se viaja a países fuera de la UE que no han firmado ningún acuerdo bilateral con Italia. Veamos cuál es el escenario en estos casos.

Atención médica en el extranjero

Existen sistemas destinados a garantizar el acceso a la atención médica estatal para los extranjeros que residen temporalmente en el extranjero en todo el mundo. La Unión Europea ha regulado este tema para que sus ciudadanos, que están regularmente asegurados en uno de los Estados miembros, puedan acceder al tratamiento médico necesario durante una estancia temporal en otro país de la Unión.

Además de eso, países en todo el mundo han redactado y firmado acuerdos bilaterales, con el fin de fomentar el acceso a la atención médica para sus respectivos ciudadanos que residen temporalmente en un país, mientras permanecen asegurados en el otro.

A pesar de todo, es muy probable que un individuo que reside temporalmente en un país extranjero, en el que no se beneficia de un seguro, no tenga acceso a la atención médica proporcionada por el estado. Esto se debe a la ausencia de acuerdos bilaterales o multilaterales entre los dos países.

Asistencia sanitaria en el extranjero en países terceros: la regulación italiana

Como se mencionó anteriormente, en el contexto de los países fuera de la Unión Europea, es necesario distinguir dos escenarios diferentes. Por un lado, está el asunto de la cobertura sanitaria en los países con los que existe un acuerdo bilateral. Por otro lado, el caso es diferente en los países con los que no hay acuerdos en vigor. Uno de los países más representativos en este último caso es Estados Unidos.

Para obtener más información, consulte nuestra guía sobre la atención médica en Italia para ciudadanos estadounidenses.

La perspectiva de los ciudadanos italianos refleja esta situación. En el caso del primer escenario, es el acuerdo entre los dos países el que regula el acceso a la asistencia sanitaria para los ciudadanos italianos.

Para entender lo que se aplica en el caso del segundo escenario, se debe consultar el Artículo 1 del Decreto Presidencial n. 618 de 1980, que establece lo siguiente:

«La asistencia sanitaria a los ciudadanos italianos en el extranjero, y a sus familiares beneficiarios, durante toda su estancia fuera del territorio italiano en relación con una actividad laboral, es responsabilidad del Estado, que la proporciona en las modalidades indicadas en este Decreto […]».

Beneficiarios de la asistencia sanitaria en el extranjero

El Artículo 1 del Decreto Presidencial n. 618, 1980 restringe el espectro de los beneficiarios de la asistencia estatal a aquellos que se encuentran en el extranjero por motivos laborales. Por lo tanto, esto excluye a los turistas. Sin embargo, es el Artículo 2 de ese mismo Decreto el que especifica mejor quiénes son los beneficiarios. Establece, ante todo, que la asistencia proporcionada por el estado se concede a los ciudadanos italianos que están regularmente asegurados en el sistema nacional de salud, conocido como Servizio Sanitario Nazionale (SSN).

Luego, especifica las categorías de ciudadanos asegurados cubiertos por esta regulación. Excluyendo a los funcionarios públicos y centrándose en el sector privado, aquí están:

  1. Nacionales que trabajan temporalmente en el extranjero, empleados o en una relación conjunta o asociativa con empresas o empleadores […];
  2. Trabajadores autónomos, incluidos los freelancers que trabajan en el extranjero por un período limitado de tiempo;
  3. Titulares de becas en universidades o fundaciones extranjeras;
  4. Trabajadores en el extranjero, temporalmente desempleados, siempre que este estado esté probado por certificados emitidos por las oficinas de empleo competentes del Estado extranjero;
  5. Ciudadanos temporalmente en el extranjero que reciben una pensión pagada por el Estado o por instituciones de seguridad social italianas;
  6. Familiares de las personas mencionadas en los números anteriores que acompañan al trabajador al extranjero o se les unen incluso por cortos períodos.

Qué tipo de atención médica se concede

La asistencia concedida a las personas que cumplen con los criterios mencionados es indirecta. Una asistencia indirecta significa que esas personas pueden recibir atención médica en el país extranjero en el que se encuentren, si es necesario. Sin embargo, tendrían que pagarla por adelantado. Posteriormente, podrán solicitar el reembolso a través de la misión diplomática italiana en el país donde recibieron la atención médica. Esta solicitud debe hacerse dentro de los tres meses posteriores al último gasto realizado para cada necesidad sanitaria, siguiendo un procedimiento específico.

Procedimiento de reembolso: antes de la partida

El primer paso para solicitar el reembolso de los gastos médicos sufridos en el extranjero es la solicitud de la Certificación para la asistencia sanitaria en el extranjero (ex Art. 15, Decreto Presidencial 31 de julio de 1980, n. 618). Esta solicitud debe realizarse antes de partir de Italia, en la Oficina de Salud Local (ASL) competente.

Esto es necesario porque dicha certificación es parte de una larga serie de documentos, que deben presentarse, ya sea en persona o digitalmente, a la misión diplomática italiana en el país donde se recibió la atención médica.

Procedimiento de reembolso: después de recibir atención médica

Aquí están los otros documentos que se deben presentar si se incurre en costos médicos:

  • Indicación de residencia en Italia y de la ASL territorialmente relevante.
  • Solicitud de reembolso redactada por el beneficiario de la asistencia con la fecha de presentación y el sello de la representación diplomática.
  • Copia de la Certificación para la asistencia sanitaria en el extranjero (ex Art. 15, Decreto Presidencial 31 de julio de 1980, n. 618).
  • Opinión razonada del jefe de la misión diplomática sobre la congruencia de los precios, tarifas y tasas locales. También debe especificar si la persona asistida se vio obligada a acudir a una instalación privada en ausencia/inadecuación de instalaciones públicas.
  • Código fiscal del beneficiario de la asistencia.
  • Certificado médico con diagnóstico y/o informe médico.
  • En caso de hospitalización, una declaración de la instalación de salud sobre su costo de atención general en vigor.
  • Documentación original de gastos. Esta debe emitirse de acuerdo con las regulaciones fiscales vigentes en el país (facturas, recibos de pago). También debe mostrar el desglose de los costos individuales de los servicios.
  • Traducción al italiano de la documentación (excepto si está en inglés o francés).
  • Domicilio del titular o cuenta bancaria en Italia, con los códigos ABI/CAB y IBAN relevantes, como coordenadas para el reembolso.

La ASL acepta o rechaza la solicitud

Después de revisar la documentación, la misión diplomática italiana la envía a la ASL competente. Esta Oficina, a su vez, tras otra revisión, procederá con el reembolso de los costos médicos. Sin embargo, si la Oficina de Salud Local considera que la solicitud no cumple con los requisitos, la rechazará.

Conclusiones

En conclusión, los trabajadores enviados temporalmente al extranjero a un país tercero sin acuerdos en vigor con Italia, aún pueden beneficiarse de una forma indirecta de atención médica, siguiendo el procedimiento descrito anteriormente.

En la organización de los viajes laborales, es necesario evaluar la conveniencia de esta solución, en comparación o en adición a la adquisición de una asistencia directa, mediante un seguro de viaje privado, por ejemplo.

Las condiciones del sistema de salud pública en el extranjero, en los países de interés, son vitales en esta decisión. De hecho, es importante recordar que la asistencia estatal indirecta solo se obtiene si los tratamientos se reciben en una instalación pública.Si la atención es en una instalación privada, no se obtendrá un reembolso completo. Una excepción es la inaccesibilidad o inadecuación de instalaciones públicas, que la misión diplomática italiana debe certificar.

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Referencias normativas

Decreto Presidencial del 31 de julio de 1980, N. 618

Fuente (en italiano)

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