¿Qué es?
El código fiscal de las empresas está compuesto por once caracteres numéricos:
- los primeros siete identifican al contribuyente mediante un número progresivo,
- los tres siguientes son el código identificativo de la oficina,
- el último es un carácter de control.
Dicha normativa se aplica mediante la creación de un sistema informático gestionado por la Agencia Tributaria, que recopila, archiva y gestiona la información relativa a los contribuyentes italianos.
¿Para qué operaciones se requiere el código fiscal de las empresas?
El código fiscal constituye el primer paso para el cumplimiento de las obligaciones legales para las empresas extranjeras no residentes (por ejemplo, aquellas sin un establecimiento permanente en Italia y con sede legal en el extranjero), permitiéndoles operar legalmente en el territorio italiano.
- Actos fiscales y tributarios: facturas y documentos de IVA (lett. a), declaraciones a efectos del IRES (lett. d), obligaciones de IVA (lett. d), recursos ante las comisiones tributarias (lett. g-quater). Las sociedades extranjeras no residentes en Italia deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas mediante el Modelo Redditi SC por todos los ingresos producidos en Italia. Para estas sociedades, por tanto, es necesario disponer de un código fiscal.
- Actos que deben registrarse y actos notariales: Contratos, escrituras privadas, actos notariales sujetos a registro en plazo fijo o en caso de uso, en relación con los sujetos destinatarios de los efectos jurídicos inmediatos del acto (lett. b). Por ejemplo, solicitudes de inscripción de actos en el Registro de Empresas.
- Actos bancarios, financieros y societarios: Actos o negocios concluidos por sociedades o entidades financieras con clientes para la apertura o cierre de relaciones continuativas (p. ej., cuentas corrientes, depósitos, etc.) (lett. g-quinquies), contratos de seguro (lett. g-ter), contratos de suministro de servicios (lett. g-ter).
- Actos relativos a bienes inmuebles y bienes muebles registrados: Transcripción, inscripción y anotación en los registros inmobiliarios (lett. d), matriculación y rematriculación de vehículos, motociclos y remolques (lett. e), inscripción de buques, embarcaciones de recreo y actos traslativos relacionados (lett. f).
- Autorizaciones, licencias y concesiones: Solicitudes para autorizaciones y licencias comerciales, industriales y profesionales (lett. e), concesiones de espacios públicos, permisos de construcción y actividad edilicia (lett. e-bis), inscripción en colegios profesionales y registros de actividades de trabajo autónomo (lett. f).
- Actos de carácter previsional, asistencial y sanitario:Certificaciones emitidas por el INPS u otras administraciones por sumas pagadas y retenciones efectuadas (lett. d). Por ejemplo, cuando la sociedad extranjera establece relaciones laborales con personal italiano (véanse las obligaciones del Decreto Ley 31 de julio de 1987, n. 317 sobre la protección de los trabajadores italianos en países no pertenecientes a la UE) o desarrolla actividad laboral en territorio italiano, se vuelve obligatorio para el empleador extranjero inscribirse en los entes previsionales (INPS, INAIL), y es necesario disponer de un código fiscal. Las modalidades con las que las empresas extranjeras deben inscribirse en la Dirección competente del INPS han sido aclaradas en la Circular INPS n.º 2 del 3 de enero de 2007.
¿Para qué operaciones se requiere el código fiscal de las empresas?
El apartado 2 del art. 6 del DPR 605/1973 establece que la obligación de indicar el código fiscal puede considerarse cumplida cuando la persona jurídica extranjera, que no dispone de código fiscal, declare los siguientes datos registrales:
- Razón social o denominación social
- Domicilio fiscal en el extranjero (es decir, la sede legal)
¿A qué oficina debe solicitarse?
La documentación para solicitar el código fiscal debe presentarse o enviarse telemáticamente a cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria, independientemente del domicilio fiscal del contribuyente, según las instrucciones operativas proporcionadas por la Administración Financiera (véase la Disposición n.º 2009/189273).
Desde 2021 es posible presentar la solicitud y cargar la documentación fiscal directamente en el sitio web de la Agencia Tributaria mediante los servicios “Consegna documenti e istanze” y los servicios para la solicitud del certificado de atribución del código fiscal, del certificado de atribución del número de IVA, entre otros.
Aunque es cierto que dicha solicitud puede ser presentada directamente por el contribuyente, para evitar errores, retrasos innecesarios u otros problemas, es recomendable recurrir a un intermediario profesional para la gestión de estos (y otros) trámites fiscales.
¿Cómo solicitar el código fiscal para empresas?
Para los sujetos distintos de las personas físicas que no realizan actividades relevantes a efectos del IVA, es posible solicitar la asignación del código fiscal mediante la presentación del modelo AA5/6 (introducido por la Agencia Tributaria, disposición 2009/189273) y de los documentos que acrediten la existencia de los elementos subjetivos y objetivos para el reconocimiento de la persona jurídica (por ejemplo, acta constitutiva, estatutos, etc.).
Para completar correctamente la solicitud, entre otros, es necesario proporcionar:
- Código fiscal del representante legal extranjero, que se obtiene con el modelo AA4/8;
- Sede legal de la sociedad en el extranjero;
- Domicilio elegido en Italia, declarado formalmente;
- Código ATECO según la actividad realizada, indicado mediante declaración específica.
La documentación debe estar:
- Legalizada o apostillada si ha sido emitida en el extranjero;
- Traducida al italiano, con traducción jurada en Italia
La documentación puede presentarse a través de un intermediario autorizado o mediante alguno de los siguientes métodos, según la oficina competente:
- Servicio web “Consegna documenti e istanze” en el área reservada del sitio de la Agencia Tributaria. Para la transmisión debe seleccionarse la categoría “Richiesta certificati, copie e codici fiscali”;
- Correo electrónico certificado (PEC) enviado a cualquier Dirección Provincial
- Entrega directa, por duplicado, en cualquier oficina de la Agencia Tributaria
- Correo postal, en copia única, mediante carta certificada
En caso de modificación de los datos declarados en el Modelo AA5/6, el contribuyente puede actualizar el modelo y enviarlo nuevamente a la Agencia Tributaria incluso telemáticamente, directamente o mediante intermediarios habilitados.
¿Qué personas jurídicas necesitan un código fiscal?
Entre los sujetos jurídicos no residentes que pueden necesitar un código fiscal se encuentran:
- Sociedades de capital o sociedades de personas con sede legal en el extranjero pero que realizan operaciones económicas o comerciales en Italia;
- Entidades y trusts extranjeros que mantienen relaciones contractuales, financieras o de otro tipo con sujetos italianos;
- Consorcios, asociaciones u otras formas colectivas que participan en procedimientos de licitación o se integran en el tejido económico italiano.
Identificación a efectos del IVA
La atribución del código fiscal para sujetos extranjeros no residentes suele integrarse con la obtención del número de IVA italiano, necesario en ciertos casos de actividad empresarial realizada en territorio italiano.
Según el artículo 35-ter del DPR 633/1972, los sujetos no residentes que realicen operaciones relevantes a efectos del IVA en Italia están obligados a identificarse, ya sea mediante un establecimiento permanente o nombrando a un representante fiscal. En ausencia de ello, pueden igualmente proceder a la identificación directa ante la Agencia Tributaria.
El número de IVA es indispensable para cumplir las obligaciones de facturación, registro y pago del IVA en los casos previstos por la normativa, mientras que el código fiscal solo permite una identificación general del sujeto en el ámbito fiscal y de la seguridad social.
¿Existe coincidencia entre código fiscal y número de IVA para las personas jurídicas?
Distinto es el caso de las empresas individuales, para las cuales el código fiscal es el personal del titular y permanece separado del número de IVA. Las empresas individuales, por tanto, poseen:
- Código fiscal de 16 caracteres alfanuméricos correspondiente al de la persona física;
- Número de IVA de 11 caracteres numéricos.
La coincidencia entre el código fiscal y el número de IVA tampoco se da en el caso de sociedades de personas o de capital que hayan cambiado su domicilio fiscal (es decir, el municipio en el que está registrada su sede legal). En ese caso, la Agencia Tributaria competente asigna un nuevo número de IVA, mientras que el código fiscal no cambia.
Un punto esencial debe precisarse: aunque la atribución del código fiscal a una entidad no implica automáticamente la atribución de un número de IVA (idéntico), siempre que una sociedad o persona jurídica tenga un número de IVA, tendrá también un código fiscal que coincide con dicho número de IVA.
Establecimiento permanente en Italia. ¿Es necesario el número de IVA o basta con el código fiscal?
Si una persona jurídica no tiene intención de ejercer actividad empresarial, artística o profesional, ni abrir un establecimiento permanente, basta con poseer un código fiscal para todos los actos previstos en el art. 6 del DPR 605/1973.
De hecho, aunque el código fiscal es necesario y suficiente para realizar las operaciones antes mencionadas, una actividad económica como tal puede requerir otros trámites. El número de IVA puede ser necesario para emprender una actividad empresarial, artística o profesional en Italia, o para abrir un establecimiento permanente, según el art. 35, apartado 1 del DPR 633/1972.
Para más información, lee nuestro análisis sobre el establecimiento permanente.
Sobre este tema, con la Respuesta n.º 453/2023, la Administración Financiera aclaró que el establecimiento permanente en Italia debe utilizar el mismo código fiscal que la sociedad matriz extranjera, ya que está prohibida la asignación de dos códigos fiscales al mismo sujeto jurídico (véase también la Respuesta 347/2020).
Adquisición de participaciones en sociedades italianas por parte de personas jurídicas o físicas extranjeras. ¿Existe obligación de poseer un código fiscal?
Las nuevas orientaciones de la Comisión técnico-jurídica de Unioncamere y del Consejo Nacional del Notariado de 2022 se han pronunciado sobre la obligatoriedad del código fiscal para sujetos extranjeros en relación con actos de adquisición de participaciones en sociedades italianas.
Se confirma que no existe obligación de indicar el código fiscal en los trámites relacionados con la adquisición de participaciones societarias en Italia por parte de sujetos extranjeros (Modelo S sobre la lista de socios).
En cambio, sigue siendo obligatorio poseer un código fiscal cuando la adquisición involucra a una sola persona física y tenga por objeto la totalidad de la participación societaria (Módulo Intercalare P).
La nueva documentación fue modificada mediante el decreto MISE 98/2021, que elimina de los datos requeridos para la adquisición de participaciones en sociedades italianas el código fiscal del sujeto extranjero.